Proyecto de decreto relativo a la composición y funcionamiento de la Mesa Social del Cambio Climático
Consulta pública previa a la elaboración de un proyecto de decreto relativo a la composición y funcionamiento de la Mesa Social del Cambio Climático, prevista en la ley 16/2017 del 1 de agosto del cambio climático
Acerca de este proceso
Este proceso pertenece a Normativa
La consulta quiere conocer la opinión sobre cuál debe ser la composición de la Mesa para poder garantizar su representatividad. Asimismo establecerá un régimen de funcionamiento que permita el debate, el intercambio de información y también la toma de acuerdos en todos aquellos temas relevantes en materia de cambio climático, ya sea desde la vertiente de la mitigación (reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero) como de la adaptación a los impactos del cambio climático
Contenido de la iniciativa y aspectos principales
El artículo 31 de la Ley 16/2017, de 1 de agosto, del cambio climático crea la Mesa Social del Cambio Climático y determina su naturaleza de órgano colegiado adscrito al departamento competente en materia de cambio climático y con la función de canalizar la participación, la información y la consulta a las entidades y organizaciones más representativas del tejido social, económico y ambiental de Cataluña sobre las políticas climáticas.
Las funciones que corresponden a la Mesa Social del Cambio Climático son las siguientes:
a) La formulación de propuestas de actuación en materia de políticas climáticas.
b) El análisis y la formulación de propuestas sobre la planificación climática, sobre las actualizaciones y revisiones de dicha planificación, sobre los marcos estratégicos de mitigación y adaptación y en materia de presupuestos de carbono.
c) La formulación de propuestas a la Comisión Interdepartamental del Cambio Climático y cualquier otra función consultiva que le sea encomendada.
La composición y el régimen de funcionamiento de la Mesa Social del Cambio Climático se determinarán reglamentariamente.
Objetivos de la iniciativa
Con esta consulta lo que se quiere es:
- Detectar si la redacción de los objetivos y funciones de esta Mesa a la Ley 16/2017, no generan ningún tipo de duda y en caso de que así sea poder subsanarlo en el desarrollo reglamentario.
- Avanzar en cuál debe ser su composición de forma que sea una representación equilibrada de las diferentes partes interesadas.
- Establecer un régimen de funcionamiento flexible, ágil, eficiente y que permita el debate, el intercambio de información y también la toma de acuerdos en todos aquellos temas relevantes en materia de cambio climático,
- Garantizar una cierta seguridad jurídica.
Mecanismo de participación: Debate abierto
- Considera que se ha descrito adecuadamente el objeto? Cree que las funciones descritas en la Ley en relación a la Tabla necesitan de algún tipo de aclaración?
- ¿Cuál es el número de miembros de la Mesa que considera más idóneo? Considera que es más importante asegurar que todos los colectivos estén representados aunque ello implique un número elevado de miembros, o cree que se debe priorizar la vertiente más ejecutiva y por tanto acotar el número de representantes para facilitar el debate y la toma de decisiones?
- Considera oportuno la posibilidad de que la Mesa pueda crear grupos de trabajo para temas específicos? En caso afirmativo estos grupos deben estar formados sólo por miembros de la Mesa o se podría invitar a personas / entidades que no forman parte? Hasta qué punto esto incide en la respuesta que ha dado a la pregunta anterior.
- ¿Cuál cree debería ser la periodicidad de las reuniones de esta Mesa ?.
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