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Consejo de Salud de Cataluña

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Son espacios de encuentro entre Administración y ciudadanía para llevar a cabo debates regulares en torno a políticas sectoriales.

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Sobre este consejo de participación

Asesoramiento, consulta, seguimiento y supervisión en el ámbito de la salud, en todo el territorio

Funciones: 

a) Asesorar el departamento competente en materia de salud y los entes que dependen en todos los asuntos relacionados con la atención sanitaria, la atención sociosanitaria y la salud pública, y formularlos propuestas relativas a estos ámbitos.

b) Velar, con sus contribuciones, porque las actuaciones de todos los servicios, centros y establecimientos sanitarios que satisfagan necesidades del sistema sanitario público catalán se adecúen a la normativa sanitaria correspondiente y se desarrollen de acuerdo con las necesidades de las personas y con las posibilidades económicas del sector público.

c) Informar sobre el anteproyecto del Plan de salud de Cataluña, antes de que se apruebe, y hacer el seguimiento.

d) Conocer anualmente el escenario presupuestario del departamento competente en materia de salud, previamente a la aprobación del anteproyecto de presupuesto.

e) Conocer la memoria anual del Servicio Catalán de la Salud e informar sobre esta, antes de que se apruebe.

f) Conocer y orientar la actuación de los consejos de participación territorial de salud y, si procede, otras fórmulas de participación de la sociedad civil en el sistema sanitario público.

g) Conocer el impacto en resultados de las políticas sanitarias y de salud pública, con inclusión, si procede, de la perspectiva de género.

h) Conocer los acuerdos del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

y) Realizar cualesquier otras tareas que le sean atribuidas por ley o por reglamento 

Normativa:

Ley 15/1990, de 9 de julio, de ordenación sanitaria de Cataluña, modificada parcialmente por la Ley 11/1995, de 29 de septiembre, que configura el Servicio Catalán de la Salud como ente público de carácter institucional.

Decreto 220/2005, de 11 de octubre, por el cual se modifica la estructura de los órganos centrales del ente público Servicio Catalán de la Salud. Decreto 9/2013, de 3 de enero, de reestructuración de los órganos centrales y de los órganos territoriales del Servicio Catalán de la Salud. 

Ley 2/2014, del 27 de enero, de medidas fiscales, financieras y administrativas, por la que el Consejo de Salud de Cataluña se adscribe al Departamento de Salud

Departamento de adscripción: Salud

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Próximo encuentro
  • Fecha
  • 16 diciembre 2024  ·  12:00 - 14:00
  • 02/10/2012
Área Departamento de Salud
Duración Indefinida
Referencia: II-ASSE-2017-12-13

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