Observatorio de la vivienda y la Segregación Urbana
Espacio estable de participación
Sobre este consejo de participación
Conocer la situación en términos cuantitativos y cualitativos de la vivienda en general, de protección oficial en particular y medir, según el reglamento, la segregación urbana existente.
Funciones:
Planificar, estudiar y analizar el entorno y la realidad social y económica catalana en el sector de la vivienda, y específicamente:
a) Impulsar la elaboración de estudios sobre las materias relacionadas con la vivienda.
b) Identificar y medir los procesos de segregación urbana.
c) Colaborar en el seguimiento del Plan territorial sectorial de vivienda.
d) Hacer difusión de estudios e informes en materia de vivienda por medio de una línea editorial y un sitio web propios.
e) Estimular la colaboración científica y académica en materia de vivienda, y también los intercambios de trabajos y experiencias entre especialistas y expertos de universidades y otras instituciones académicas y culturales.
f) Hacer el seguimiento de las iniciativas internacionales en materia de vivienda.
g) Preparar seminarios, cursos, exposiciones y conferencias, realizar publicaciones y difundir programas de información y formación sobre las políticas de vivienda.
h) Constituir un fondo bibliográfico, un centro de documentación especializado y un banco de datos informatizado en materia de vivienda, en col∙laboració con el Servicio de Estudios y Documentación de la Vivienda.
i) Fomentar la creación de observatorios de vivienda locales y cooperar en la capacidad de desarrollar y aplicar nuevas concepciones de la vivienda adecuadas a sus comunidades.
j) Participar en redes de observatorios de vivienda locales, nacionales, europeos e internacionales.
Composición:
a) El/la Presidente/a, que es el/la Secretario/a competente en materia de vivienda.
b) El/la Vicepresidente/a, que es el/la Director/a de la Agencia de la Vivienda de Cataluña.
c) Dos personas de la Secretaría de Vivienda y Mejora Urbana nombradas por el Presidente/a de el Observatorio.
d) Tres personas expertas en el ámbito de la vivienda nombradas por el presidente/a de el Observatorio.
e) El/la Secretario/a, que será un funcionario/aria de la Secretaría de Vivienda y Mejora Urbana nombrado por el presidente/a de el Observatorio del Hábitat y la Segregación Urbana.
Normativa: DECRETO 157/2010, de 2 de noviembre, de reestructuración de la Secretaría de Vivienda, creación del Observatorio del Hábitat y la Segregación Urbana y aprobación de los Estatutos de la Agencia de la Vivienda de Cataluña.
Departamento de adscripción: Gobernación, Administraciones Públicas y Vivienda
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