El Plan director urbanístico tiene por objeto evaluar la sostenibilidad urbanística de los sectores urbanizables previstos en el planeamiento general vigente anterior al Plan territorial parcial del Alto Pirineo y Aran. El documento analiza los planeamiento urbanísticos municipales en cuanto a los suelos del planeamiento vigente para valorar su sostenibilidad urbanística y su adaptación al planeamiento territorial. A tal efecto, se recogen los criterios de sostenibilidad definidos en la legislación urbanística y sectorial, así como los definidos en la planificación territorial. El conjunto resultante de criterios nos debe permitir valorar los suelos, que no cumplen con el principio de desarrollo urbanístico sostenible, el cual informa la ordenación del territorio y el planeamiento urbanístico.
Objetivos del Plan director urbanístico
Establecer las determinaciones y directrices para adaptar los planeamientos urbanísticos municipales a las estrategias de crecimiento establecidas en el planeamiento territorial vigente.
Dar las directrices para que los planeamientos municipales tengan que adaptarse cada uno los ámbitos y parámetros los sectores a la normativa sectorial y las determinaciones vigentes en materia de riesgos.
Identificar las incompatibilidades entre las delimitaciones de los sectores vigentes y las protecciones territoriales en materia de protección ambiental.
Establecer directrices y recomendaciones, de acuerdo con las estrategias territoriales, de cambio de modelo a implementar en los sectores destinados a la extensión urbana.
Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa
Actualmente sólo el 33% de los municipios de Cataluña tienen el planeamiento general adaptado a la legislación territorial. Después de 12 años desde la aprobación del Plan territorial parcial del Alto Pirineo y Aran un 38% de los municipios aún no se ha adaptado (26 municipios sobre 68). Tal y como se comprueba, muy municipios, a pesar de los años que han pasado desde la aprobación, no han revisado los su planeamiento general en muchos casos por las dificultades económicas y de gestión que conlleva.
Este documento propone evaluar la sostenibilidad urbanística de los sectores urbanizables, del planeamiento vigente anteriores al Plan territorial parcial, para definir las estrategias de desarrollo de los sectores de acuerdo con los criterios de sostenibilidad previstos en la legislación.
Las opciones alternativas
Alternativa 0: Mantener los suelos urbanizables sin valorar su sostenibilidad
Alternativa 1: Valoración de los suelos urbanizables definidos por el planeamiento general aprobado antes de la Ley de urbanismo, (Ley 2/2002), sin plan parcial aprobado 20 municipios, 65 sectores y 382ha de superficie de suelo urbanizable
Alternativa 2: Valoración de los suelos urbanizables definidos por los planeamientos generales aprobados antes de la entrada en vigor del PTPAPiA (2006), sin plan parcial aprobado 24 municipios, 99 sectores y 398ha de superficie de suelo urbanizable
Alternativa 3: Valoración de los suelos urbanizables definidos por los planeamientos generales aprobados antes de la entrada en vigor del PTPAPiA (2006), con y sin plan parcial aprobado 24 municipios, 120 sectores y 614ha de superficie de suelo urbanizable
Objetivo de la consulta
Conocer el interés de la ciudadanía en la necesidad o no de redactar el documento, el cual tiene por objeto adecuar los suelos no desarrollados en la legislación territorial, urbanística y sectorial para garantizar su sostenibilidad.
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