Objetivos del proyecto de decreto
Esta norma tiene por objeto, en primer lugar, crear la Comisión Territorial de Urbanismo del Penedès para ajustar la estructura del ámbito territorial de las comisiones territoriales de urbanismo al de las demarcaciones vegueriales.
En segundo lugar, la norma prevé la adecuada participación de los órganos unipersonales inmediatamente inferiores jerárquicamente a la persona titular del Departamento competente con independencia de cuál sea la estructura departamental que se adopte.
Un tercer objetivo que se pretende es prever un número de vocalías en la composición de la Comisión de Política Territorial y de Urbanismo de Cataluña y de las comisiones territoriales de urbanismo que permita asegurar la participación de aquellos colegios profesionales más estrechamente relacionados con las materias de urbanismo, de vivienda y medio ambiente, así como la participación de los entes locales más pequeños mediante la designación en las comisiones que no tienen un régimen especial de una persona por parte de la organización asociativa más representativa de Cataluña especializada en estos municipios. Como también, se prevé la posibilidad de invitar a asistir a dichas comisiones, con voz pero sin voto, a otras personas expertas en disciplinas relacionadas con los asuntos a tratar.
Objetivo de la consulta
El objetivo de esta consulta, dirigida a la ciudadanía, es recoger propuestas y sugerencias al Decreto de creación de la Comisión Territorial de Urbanismo del Penedès y de modificación del Decreto 68/2014, de 20 de mayo, por el que se regula la composición y el funcionamiento interno de los órganos urbanísticos de la Generalidad de carácter colegiado.
Recoger propuestas que mejoren el contenido y la redacción de los artículos desde el punto de vista de una buena comprensión de la ciudadanía y recibir aportaciones que incorporen aspectos no recogidos y que den valor al Decreto de creación de la Comisión Territorial de Urbanismo del Penedès y de modificación del Decreto 68/2014, de 20 de mayo, por el que se regula la composición y el funcionamiento interno de los órganos urbanísticos de la Generalidad de carácter colegiado.
Mecanismo de participación
De forma orientativa se plantean las siguientes preguntas:
Considera que el proyecto de Decreto resuelto las problemáticas identificadas en las memorias de esta iniciativa y logra los objetivos propuestos? Si no es así, que habría que incorporar?
Considera que la ampliación del número de vocalías a ocupar por colegios profesionales y entes locales en las diferentes comisiones territoriales de urbanismo aumenta el debate y la transversalidad nos las diferentes sesiones de las comisiones? Si no es así, cómo se podría mejorar?
Cree que ajustar la organización de las Comisiones Territoriales de Urbanismo a la organización territorial de las veguerías ayuda a que los instrumentos urbanísticos que se debaten acerquen al territorio donde se harán realidad? Si no es así, cómo se podría mejorar?
Considere que la posibilidad de invitar a las sesiones de las comisiones territoriales de urbanismo a personas expertas en disciplinas relacionadas con los asuntos a tratar mejora el asesoramiento de los miembros de la comisión correspondiente? Si no es así, que habría que incorporar?
Considera acertado prever que, cualquiera que sea la estructura del departamento, se garantice que la persona titular del cargo de mayor nivel en materia de urbanismo, después del consejero, sea quien presida las comisiones territoriales de urbanismo que no tienen régimen especial?
Para hacernos llegar las respuestas a las preguntas planteadas, o cualquier otro tipo de aportación en relación con la consulta, recuerde que debe dirigirse al apartado "propuestas" del menú superior. Para realizar la propuesta deberá estar dados de alta en el portal.
Después de esta consulta sobre el proyecto normativo inicial se abrirá el trámite de audiencia de los interesados y de información pública previstos en los artículos 67 y 68 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.
Compartir