Objetivo
El objetivo de esta consulta es conocer qué aspectos considera el conjunto de la ciudadanía que tienen que ser incorporados o, si procede, modificados en la Ley 10/2003, de 13 de junio, sobre mutualidades de previsión social.
En concreto, queremos saber qué problemas relacionados con las mutualidades de previsión social les preocupan, qué carencias presenta la regulación actual o cuáles son los temas en qué el departamento competente en materia de mutualidades de previsión social y, en particular, el órgano encargado de la supervisión y control de estas, tiene que estar especialmente sensibilizado.
La actualización normativa prevista tendría que comportar una consolidación de la composición, organización y funcionamiento de los órganos de gobierno y otros tipos que tienen que tener estas entidades, además de un incremento de la seguridad jurídica en la tramitación de los procedimientos administrativos de las entidades supervisadas, siguiendo en la línea de fomento del mutualismo iniciada con las normas objeto de modificación, teniendo siempre presente la finalidad de salvaguardia de los derechos e intereses de las personas vinculadas a estas entidades mediante un reglamento o contrato de seguro.
Resulta conveniente conocer la opinión, entre otros sujetos, de las entidades aseguradoras afectadas sobre la necesidad de llevar a cabo la actualización y adaptación de la normativa que les resulta de aplicación, en este caso, vía modificación de la Ley 10/2003, de 13 de junio, en especial en relación con la necesidad de modificar la composición, organización y funcionamiento de los órganos de gobierno y de otros tipos que tienen que tener dichas entidades, y sobre la tramitación de los procedimientos administrativos de las entidades supervisadas. Así como conocer propuestas de mejora de la eficacia de las disposiciones vigentes para garantizar los derechos de las personas asociadas.
Preguntas para centrar las aportaciones
¿Consideráis que hace falta actualizar la normativa sobre mutualidades de previsión social y adecuarla a la nueva realidad social y económica?
¿Cuáles de los aspectos relativos a los requisitos para constituir una mutualidad de previsión social; composición y funcionamiento de los diversos órganos de estos entidades; régimen económico de las mutualidades; operaciones societarias -fusiones, cesiones de cartera de contratos, etc. - y disoluciones, y facultades supervisoras de la Generalitat, creéis que tienen que ser mejorados?. ¿En caso afirmativo, en qué sentido?
¿Hay otros efectos negativos o positivos derivados del marco normativo vigente que se estén produciendo actualmente que no se han puesto de relieve?
¿Consideráis que los mecanismos actuales de protección a las personas aseguradas, así como los derechos y obligaciones de las personas asociadas previstos en la Ley 10/2003, de 13 de junio, sobre mutualidades de previsión social son suficientes? En caso contrario, indicad cuáles de estos mecanismos se tendrían que revisar y en qué sentido.
¿Hay algún aspecto que no se ha tenido en cuenta en la cuestión anterior y que tendría que ser valorado por la Administración de la Generalitat?
Por otra parte, existe la posibilidad de expresar la opinión sobre cualquier otro aspecto relacionado con la propuesta de norma en el ámbito de las relaciones de consumo mediante el buzón genérico de sugerencias.
Documentación adicional
Llei 10/2003, de 13 de juny, sobre mutualitats de previsió social.
Decret 279/2003, de 4 de novembre, de desplegament de determinats aspectes de la Llei 10/2003, de 13 de juny, sobre mutualitats de previsió social.
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