Anged - alegaciones
artículo 6. Se indica en este artículo que todas las empresas alimentarias, entidades de iniciativa social y otras organizaciones sin ánimo de lucro destinadas a la distribución de alimentos, deberán adoptar las medidas pertinentes para aplicar a las pérdidas y al desperdicio de alimentos la jerarquía de prioridades del artículo 11 de la Ley 3/2020.
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