La finalidad principal que se pretende alcanzar con una nueva regulación del registro de decreto por el que se regula el Registro de Centros Especiales de Empleo de Cataluña es la adaptación a la nueva realidad digital, la incorporación de las modificaciones introducidas en la Ley de Discapacidad, la calificación e inscripción del Centros especial de Empleo de iniciativa social ( en adelante, CETIS) y el establecimiento de las causas y la regulación del procedimiento de descalificación del CET.
Los objetivos generales de la intervención son los siguientes:
Incrementar la seguridad jurídica en el marco del procedimiento de calificación y registro de los CET y la pérdida de esta condición.
Facilitar la aplicación de las medidas de fomento de los CET, en especial, la reserva en favor de los CETIS prevista a la normativa de contratación.
Agilizar y mejorar la gestión del Registro CET de Cataluña.
Mejorar la trazabilidad, control y seguimiento de los CET, así como los canales de intercambio de datos y de información.
Como objetivos específicos, a título ejemplificativo, se prevén los siguientes:
Dar cobertura al procedimiento de tramitación electrónica de los expedientes.
Profundizar en la concreción de los requisitos a cumplir por parte de las empresas que quieren acceder al Registro de Centros Especiales de Empleo de Cataluña, para mayor seguridad jurídica, para tener elementos objetivos y, sobre todo, criterios y elementos que cumplan con las diferentes normas jurídicas existentes, tanto estatales como catalanas.
Regular los parámetros de valoración de los proyectos presentados por los CET.
Introducir las orientaciones más recientes en materia de CET y sus funciones como empresa del mercado protegido que tiene que desarrollar una función social y, al mismo tiempo, de tráfico a la inserción de las personas con discapacidad en la empresa ordinaria.
Establecer las obligaciones de los CET registrados.
Diferenciar y calificar los CETIS de aquellos que son de carácter empresarial.
Regular las actuaciones de seguimiento y control que garanticen el cumplimiento de los requisitos exigidos por el mantenimiento de la calificación de CET
Preguntas para orientar las aportaciones:
-¿Eres usuario/aria del Registro? ¿Qué rol ocupas como usuario/aria del Registro (CET, ¿Administración, Empresa)?
-¿Cómo valoras tu experiencia con el Registro?
-¿Cómo se puede mejorar tu experiencia con el Registro?
-¿Eres usuario/aria de otros Registros de Centros Especiales de Empleo de ámbito autonómico o estatal? ¿Cuál es tu experiencia?
-¿Se tendrían que prever otros objetivos de los previstos en la nueva normativa del Registro de CET?
-¿Cuáles son los principales beneficios que consideráis que tiene que suponer la implementación de la nueva normativa del Registro de CET?
-¿Consideras adecuada la información que se requiere para la calificación e inscripción? ¿Añadirías alguna cosa más?
-¿Qué datos o documentos que se aportan al Registro ya se aportan en otros trámites?
-¿Qué documentos o datos se pueden simplificar y como puede hacerse?
-¿Cuáles son los trámites u obligaciones que generan más dificultades?
-¿Qué opinas del establecimiento de tasas para los diferentes tipos de trámites?
-¿Voces correcto que los certificados tengan un periodo de vigencia?
-¿Qué opinas del plazo para efectuar la comunicación de los datos en el Registro?
-¿Cómo valoras el acceso público de la ciudadanía en el Registro?
-¿Consideras que los CET tienen que tener personalidad jurídica propia y domicilio social en Cataluña?
-¿Consideras que los requisitos de los Centros Especiales de Empleo de iniciativa social (CETIS) son claros y adecuados de acuerdo con la definición de CETIS establecida en el artículo 43.4 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por<A[por|para]> el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social? ¿Podría quedar excluida alguna forma jurídica?
-¿Consideráis que los CETIS tienen que aportar alguna documentación complementaria para acreditar sus características específicas (ausencia de ánimo de lucro y reinversión de los beneficios)?
-¿Cree que el hecho de disponer de un registro de los CETIS en Cataluña servirá para mejorar la seguridad de las licitaciones públicas restringidas a la participación de los CETIS y las Empresas de Inserción? (Actualmente los órganos de contratación no pueden obtener del Registro oficial de centros especiales de empleo de Cataluña la certificación del cumplimiento de los requerimientos para poder ser considerado de iniciativa social).
-¿Creéis que se podría hacer un seguimiento y control de los CETIS? ¿Con respecto al cumplimientos de requisitos? ¿Cuáles tendrían que ser los indicadores? ¿Qué periodicidad tendría que ser la idónea?
-¿Hay aspectos que no se han tenido en cuenta y que creéis que tendrían que ser valorados por la Administración de la Generalitat? ¿Cuáles?
Compartir