Consulta pública previa a la elaboración de un proyecto de decreto por el que se aprueba el Reglamento de sanidad mortuoria.
Condiciones y requisitos para la realización de estudios observacionales con medicamentos de seguimiento prospectivo
Acerca de este proceso
Este proceso pertenece a Normativa
Eth Departament de Salut, en encastre deth Plan normatiu deth Govèrn dera Generalitat de Catalonha entàs ans 2021-2023, impulse era iniciativa d’un projècte de decret peth quau s’apròve eth Reglament de sanitat mortuària.
Objetivos del nuevo decreto
La normativa vigente de policía sanitaria mortuoria en Cataluña es el Decreto 297/1997, de 25 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de policía sanitaria mortuoria.
El tiempo transcurrido desde la aprobación del Decreto 297/1997, de 25 de noviembre, el avance de las técnicas sanitarias realizadas sobre cadáveres, la imposibilidad de autorizar el traslado de los difuntos a sus países de origen, dado que no se pueden realizar las prácticas de conservación o embalsamamiento del cadáver, por superación de los plazos establecidos aunque las técnicas e instalaciones actuales garantizan que se puedan efectuar estas prácticas en un periodo más amplio sin comprometer la salud pública, la existencia de nuevos tipos de materiales (tanto en féretros como en construcciones funerarias), la aparición de la figura del especialista en tanatopraxia, la situación epidemiológica de las enfermedades transmisibles infecto-contagiosas y especialmente los cambios sustanciales en los hábitos funerarios de nuestra sociedad, precisan plantear una actualización de la regulación sanitaria mortuoria para adecuarla y adaptarla a los tiempos actuales.
Estas problemáticas no se circunscriben únicamente a Cataluña, sino que son comunes al resto de comunidades autónomas y ante el hecho de que también la normativa básica está totalmente desfasada (Decreto 2263/1974, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de policía sanitaria mortuoria), dio lugar en el seno de la Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud a aprobar, el 24 de julio de 2018, la Guía de consenso sobre sanidad mortuoria. Esta Guía fue elaborada conjuntamente por las comunidades autonómicas y la Administración general del Estado, en el marco de la ponencia de sanidad exterior y sanidad mortuoria, con la finalidad de facilitar el establecimiento de criterios comunes y de respuestas consensuadas a estas problemáticas.
Cambios que propone el nuevo decreto
El nuevo decreto pretende:
- Proteger de forma efectiva la salud pública.
- Garantizar la seguridad jurídica en el ámbito de la sanidad mortuoria.
- Flexibilizar los plazos para la realización de determinadas prácticas de conservación de los cadáveres, especialmente en aquellos casos en que son obligatorias para dar cumplimiento a la voluntad del difunto o de su familia de recibir sepultura en el extranjero y teniendo en cuenta las mejoras en las técnicas actuales.
- Facilitar el emplazamiento de los cementerios tanto los de nueva construcción como su modificación.
- Simplificar el acceso de los usuarios a algunos servicios funerarios.
- Reducir la intervención administrativa ex ante en la medida en que sea posible (principio de intervención mínima) en el ejercicio de la actividad de los operadores sin que esta reducción suponga una disminución de las garantías en el ámbito de la salud pública.
- Adaptar la actual normativa reglamentaria sobre tramitación administrativa a la regulación de las leyes 39/2015 y 40/2015.
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