Anged - alegaciones
Art. 4.4: mientras que el artículo 11.b) de la Ley 3/2020 de Cataluña, indica en esta opción de gestión: “utilización para la alimentación humana”, el último borrador del proyecto de ley estatal de prevención de la pérdida y el desperdicio de alimentos incluye en su jerarquía de opciones de gestión, en su punto b)” La transformación de los productos que no se han vendido, pero que siguen siendo aptos para el consumo humano, en otros productos alternativos”
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