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Consulta pública previa a la elaboración de un proyecto de decreto por el que se regulan los servicios de apoyo a la inspección veterinaria oficial en mataderos, salas de despiece y establecimientos de manipulación de caza en Cataluña.

Regulación de los servicios de apoyo a la inspección veterinaria oficial en mataderos, salas de despiece y establecimientos de manipulación de caza en Cataluña.

Fase 2 de 2
Retorno 14/02/2022 - 14/03/2022
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Son debates estructurados en torno a políticas públicas para incorporar las voces de la ciudadanía en las decisiones del Gobierno.

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Acerca de este proceso

Este proceso pertenece a Normativa

El Departamento de Salud, en el marco del Plan normativo de la Administración de la Generalitat de Catalunya para los años 2021-2023, impulsa la iniciativa de un proyecto de decreto por el que se regulan los servicios de soporte a la inspección veterinaria oficial en mataderos, salas de despiece y establecimientos de manipulación de caza en Calaluña.

En el ámbito de Cataluña, las funciones y las condiciones de formación, de habilitación y de autorización del personal de apoyo a la inspección veterinaria en mataderos, salas de despiece y almacenes frigoríficos se regularon mediante el Decreto 138/2003, de 27 de mayo, por el que se regulan las funciones y las condiciones de formación, de habilitación y de autorización del personal de apoyo a la inspección veterinaria en los mataderos de Cataluña.

Ahora bien, el Decreto 138/2003 se encuentra ampliamente superado por la normativa comunitaria, conformada por el Reglamento UE 2017/625, de 15 de marzo, relativo a los controles y otras actividades oficiales realizados para garantizar la aplicación de la legislación sobre alimentos y piensos, y de las normas sobre salud y bienestar de los animales, sanidad vegetal y productos fitosanitarios, y por el que se modifican y derogan varios reglamentos comunitarios, y que ha sido complementado, mediante el Reglamento delegado (UE) 2019/624, de 8 de febrero de 2019, y el Reglamento de ejecución (UE) 2019/627, de 15 de marzo de 2019.

 

Con la experiencia adquirida estos años en la prestación de estos servicios de apoyo y asistencia a los veterinarios oficiales (AIOV), y de acuerdo con las referidas disposiciones específicas comunitarias, el objetivo de la consulta es:

- Garantizar la preservación de la salud pública y la efectividad del control sanitario en los mataderos, salas de despiece y establecimientos de manipulación de caza en Cataluña.

- Garantizar la competencia efectiva y la independencia en la prestación de los servicios que realizan los auxiliares de inspección veterinarios de apoyo a los veterinarios oficiales en las inspecciones ante mortem y post mortem.

- Garantizar la seguridad jurídica en la determinación del régimen jurídico aplicable.

 

Cambios que propone el nuevo decreto

 

La nueva regulación pretende:

 

- Adaptar, en gran parte, la actual regulación contenida en el Decreto 138/2003, de 27 de mayo, ya que se encuentra ampliamente superada por la normativa comunitaria en aquello que refiere a los requisitos de formación y al refuerzo de las funciones de los AIOV de asistencia y apoyo a los veterinarios oficiales y que el artículo 18 del Reglamento (UE) núm. 2017/625 les encomienda en relación con funciones de control oficial o de determinadas funciones relacionadas con otras actividades oficiales.

 

- Cambiar el modelo actual de prestación de los servicios de AIOV, basado en la contratación administrativa, para pasar a regular un modelo de entidades autorizadas o habilitadas que es más competitivo para el ejercicio normal de la libertad de empresa y que garantiza la independencia y el deber de no conflicto de intereses que exige la normativa comunitaria, ya que estas no mantendrán ningún vínculo directo ni indirecto con los operadores económicos de la industria de la carne.

 

- Crear un registro de entidades habilitadas, para el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cataluña, en el cual se inscribirán como proveedoras de servicios de AIOV de acuerdo con los requisitos y las funciones que prevén los reglamentos comunitarios, a fin de que estas garanticen un servicio independiente, efectivo, estable y continuado de apoyo a los veterinarios oficiales, de manera que las medidas de control y gestión para la prevención de los riesgos derivados para la salud humana del consumo de alimento sean el menos perjudicial posible, sin detrimento de la protección de la salud pública y de acuerdo con el ejercicio de la libertad de empresa.

Propostes Ver todas las propuestas (8)

Totalment d'acord amb la formació continuada però preocupació per la independència del servei i...
Necessitem mecanismes més eficaços perquè facin bé la seves tasques (sancions o avisos que siguin...
Els AIOV haurien de rebre una formació continua un cop ja hi treballen. El control de les seves...
M'agradaria que l'articulat desenvolupi:
l'obligatorietat de cobrir tots els punts d'inspecció...
Ver todas las propuestas (8)
Qué se decide La idoneidad o no de impulsar este decreto, en relación a los problemas y objetivos fijados.
Quién participa La consulta está abierta al conjunto de la ciudadanía.
Cómo se decide A través de las aportaciones de los interesados.
Departamento Departamento de Salud
Grupo promotor Departament de Salut
Unidad promotora Subdirecció general de Seguretat Alimentària i Protecció de la Salut de la Secretaria de Salut Pública
Entidades dinamizadoras Secretaria d'Atenció Sanitària i Participació
Coste 0,00 €
Dispone de retorno
Fecha de inicio 11 de enero de 2022
Fecha de finalización 9 de febrero de 2022
Referencia: II-PART-2022-01-451

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Estadísticas

8

Participantes

15

Seguidoras

2

Comentarios

8

Propuestas

2

Adhesiones