" class="part-icon-bars">

Consulta Pública Previa para el reconocimiento de indemnizaciones a los Mozos de Escuadra.

Consulta Pública Previa para elaborar un Proyectode decreto que regule el procedimiento para reconocer las indemnizaciones derivadas del principio de indemnizar a los miembros de la Policía de la Generalidad- Mozos de Escuadra.

Fase 1 de 2
Participació 07/02/2020 - 07/03/2020
Fases del proceso
Ayuda

Son debates estructurados en torno a políticas públicas para incorporar las voces de la ciudadanía en las decisiones del Gobierno.

Puedes hacer tus aportaciones en línea, asistir a sesiones presenciales o consultar las aportaciones de otros participantes.

Cerrar la ayuda

Acerca de este proceso

Este proceso pertenece a Normativa

El artículo 48 de la Ley 10/1994, de 11 de julio, de la Policía de la Generalidad - Mozos de Escuadra, establece el principio de indemnizar, de acuerdo con el cual los miembros del cuerpo de Mozos de Escuadra tienen derecho a resarcirse de los daños  materiales o lesiones que sufran como consecuencia de los servicios prestados.

La Instrucción 8/2013, de 27 de marzo, sobre criterios de aplicación al cuerpo de Mozos de Escuadra del Decreto 138/2008, de 8 de julio, de indemnizaciones por razón del servicio, no contempla una indemnización al funcionario del cuerpo de Mozos por daños y perjuicios padecidos en ocasión o como consecuencia del servicio prestado. 


Con esta iniciativa se quiere dar respuesta a la demanda de los miembros del cuerpo de Mozos de Escuadra de resarcirse por los daños y las lesiones padecidas en ocasión o como consecuencia del servicio prestado

Objetivos de la iniciativa:

- Reconocer el derecho a resarcirse de los daños, las lesiones y los gastos de curación, previa instrucción de un un procedimiento administrativo.

- Descartar la compatibilidad de este reconocimiento con otros sistemas de cobertura o ámbitos que ya hayan indemnizado los daños materiales, las lesiones o los gastos de curación reclamados a la Administración.

- Evitar cualquier pérdida retributiva que haya sufrido el funcionario por las lesiones padecidas y evitar el enriquecimiento injusto abonando dos veces un mismo concepto por indemnizaciones obtenidas a su favor en un procedimiento penal.

- Garantizar la efectividad del ejercicio del derecho  de los miembros del cuerpo de Mozos a ser indemnizados por los daños personales y materiales que puedan padecer  en el ejercicio de las tareas asignadas.

- Reforzar los mecanismos de control administrativo ante eventuales fraudes. 


Propuestas Ver todas las propuestas (2)

Adjuntem document de proposta del CAT al decret tot i esperant que el Departament d’Interior obri...
El Departament d'Interior proposa un complex procediment administratiu per evitar indemnitzar als...
Ver todas las propuestas (2)
Quién participa Sindicatos, personal del Cuerpo de Mozos de Escuadra, persones interesadas.
Departamento Departamento de Interior
Dispone de retorno No
Fecha de inicio 7 de febrero de 2020
Fecha de finalización 7 de marzo de 2020
Referencia: II-PART-2020-02-314

Compartir enlace:

Por favor, pega este código en tu página:

<script src="https://participa.gencat.cat/processes/indemnitzacionsmossos/embed.js?locale=es"></script>
<noscript><iframe src="https://participa.gencat.cat/processes/indemnitzacionsmossos/embed.html?locale=es" frameborder="0" scrolling="vertical"></iframe></noscript>

Estadísticas

49

Participantes

29

Seguidoras

2

Comentarios

2

Propuestas

22

Adhesiones